La fecha de anuncio registra la publicación; la fecha de vigencia procede del registro existente. Un anuncio o una investigación no establece por sí solo un nuevo arancel. Consulte el documento oficial enlazado para verificar su aplicación.
A principios de junio de 2026, el USTR publicó un aviso en el Federal Register solicitando comentarios públicos sobre el alcance y la operación del Board of Trade EE. UU.-China — la nueva institución bilateral anunciada en la cumbre de Pekín del 14-15 de mayo. El mecanismo busca institucionalizar el diálogo en curso sobre comercio equilibrado y recíproco, incluyendo la identificación de bienes «no sensibles» que beneficien a agricultores, ganaderos, pescadores, pequeñas empresas, fabricantes y trabajadores estadounidenses. Plazo de comentarios públicos: 10 de julio de 2026. El portavoz del MOFCOM, He Yongqian, respaldó públicamente el Board of Trade como el canal de negociación preferido, en contraste con la acción arancelaria §301 sobre trabajo forzoso a la que el MOFCOM se opone. El Board of Trade es el complemento estructural del Board of Investment, también establecido en la cumbre de Pekín.
El aviso del USTR en el Federal Register del 1 al 2 de junio lleva la investigación §301 sobre trabajo forzoso (60 economías, audiencias cerradas a inicios de mayo) a una propuesta concreta de acción — hasta 12,5% ad valorem sobre productos de las economías nombradas. Las 60 economías se dividen en dos niveles: 54 «no impusieron ni aplicaron eficazmente una prohibición de importación por trabajo forzoso» (China, India, Japón, Corea, Vietnam, México, Brasil y otros) y 6 «tienen prohibición pero no la han aplicado eficazmente» (Canadá, Ecuador, UE, Indonesia, México, Pakistán). Comentarios escritos hasta el 6 de julio; audiencias públicas el 7 de julio. Fecha objetivo de vigencia alineada con la acción §301 de las 16 economías del 24 de julio.
El 1 de junio de 2026, el USTR publicó un aviso en el Federal Register iniciando una investigación §301 específica para Brasil. Brasil no figura en la lista de 60 economías sobre trabajo forzoso; el caso brasileño es una vía aparte. Cubre las exportaciones brasileñas clave hacia EE. UU. — café (HS 09), mineral de hierro (HS 26), carne (HS 02), pulpa (HS 47), azúcar (HS 17), etanol (HS 22), madera (HS 44). Aún sin tasa propuesta; fase de investigación. Calendario de comentarios y audiencias conforme al estándar de la Sección 301.
La primera ronda formal bilateral EE. UU.-México del USMCA cerró los días 28-29 de mayo en Ciudad de México. El subUSTR Jeffrey Gerrish encabezó la delegación estadounidense (Greer no asistió personalmente); México lo hizo Marcelo Ebrard. Tres bloques centrales: reglas de origen automotriz, condiciones de frontera del §232 acero/aluminio en derivados, seguridad económica — más una ampliación que cubre compatibilidad regulatoria de dispositivos médicos, farmacéuticos y cosméticos. La ronda 2 será el 16-17 de junio en Washington, incluyendo agricultura y «condiciones equitativas». La ronda 3 está fijada para la semana del 20 de julio en Ciudad de México — cuatro días antes del objetivo de acción §301 de las 16 economías del 24 de julio. Canadá ausente de esta vía bilateral.
El 7 de mayo de 2026, la Corte de Comercio Internacional de EE. UU. (CIT) dictaminó por 2 a 1 que la Proclamación 11012 — la base de la administración Trump para implementar el 20 de febrero un recargo global del 10% bajo la Sección 122 de la Ley Comercial de 1974 — es ilegal. Razón: no se cumplió el requisito legal de un «déficit grande y grave de balanza de pagos». Tres demandantes (Burlap & Barrel Inc., Basic Fun Inc., Estado de Washington) recibieron una orden judicial permanente. El 12 de mayo, el Circuito Federal (CAFC) emitió una suspensión administrativa de la orden judicial del CIT a la espera de la apelación — lo que significa que el §122 sigue recaudándose de los demás importadores. El 20 de mayo, el CIT denegó la moción separada del gobierno para una suspensión adicional. La opinión de fondo del CAFC se espera, conforme al ritmo estándar de 3 a 9 meses tras el alegato oral, para finales de 2026. En la práctica: §122 permanece en limbo judicial hasta la transición al §301 el 24 de julio.
El 20 de abril de 2026, el USTR Jamieson Greer y el secretario de Economía de México Marcelo Ebrard emitieron una declaración conjunta instruyendo a los equipos a avanzar en cuatro líneas técnicas: seguridad económica, acciones comerciales complementarias, fortalecimiento de las reglas de origen para bienes industriales clave y colaboración en minerales críticos. La presidenta Sheinbaum planteó públicamente el objetivo mexicano — alcanzar un acuerdo especializado sobre acero/aluminio/automóviles antes de que concluya la revisión trilateral. Ebrard describió la postura negociadora como 'sector por sector', con la mira en reducir la dependencia extrarregional — más del 85% de importaciones asiáticas en semiconductores, farmacéuticos y electrónica. La primera ronda formal bilateral está programada para la semana del 25 de mayo de 2026 en Ciudad de México. El USTR ha señalado por separado que los aranceles vigentes §232 / §301 / §122 sobre productos de origen mexicano se mantienen durante la ventana de negociación.
El 10 de abril, CBP emitió la CSMS #68315804 confirmando que la Fase 1 del proceso de devolución Consolidated Adjustment for Prior Entries (CAPE) entró en vigor el 20 de abril de 2026. El mecanismo recalcula en lote los resúmenes de entrada aceptados como si los aranceles IEEPA nunca se hubiesen devengado; los intereses se calculan conforme al 19 CFR 24.36. El canal de devolución existe porque la Corte Suprema anuló los aranceles IEEPA en Learning Resources v. Trump (20 de febrero de 2026, voto 6-3). La CSMS de seguimiento del 13 de abril detalla la lógica de recálculo. Los importadores no presentan entrada por entrada — CAPE consolida la devolución.
La Comisión Europea publica el 7 de abril el primer precio trimestral CBAM: €75,36/tCO₂. Con el factor de ajuste del 2,5% para 2026, el coste real por tonelada de acero importado ronda €3,77. Precios Q2/Q3/Q4: 6 julio / 5 octubre / 4 enero 2027.
La Casa Blanca firma el 2 de abril la proclamación §232. 100% ad valorem sobre farma patentada y API. Suiza en tramo preferencial del 15%. Genéricos y biosimilares totalmente exentos. Vigente el 31 de julio para 17 empresas del Anexo III; 29 de septiembre para el resto.
Proclamación del 2 de abril: Anexo I-A metales primarios al 50% ad valorem, Anexo I-B derivados al 25% sobre valor total (fin del cálculo por contenido metálico). Origen Reino Unido califica a 25%/15% con regla 95% fundido-vertido. Productos con contenido metálico ≤15% totalmente exentos. Se termina el proceso trimestral de inclusión.
El 31 de marzo de 2026, el Consejo de Estado de China promulgó el Decreto n.º 834 — las Disposiciones sobre la Seguridad de las Cadenas Industriales y de Suministro (产业链和供应链安全条例) — el primer marco regulatorio dedicado de la RPC para la seguridad de las cadenas industriales y de suministro. La aplicación conjunta corresponde al MOFCOM y MIIT, proporciona la base legal para sancionar a empresas extranjeras, aplica una «Regla del 50%» a productos con componentes controlados e incorpora jurisdicción extraterritorial bajo el marco de control de exportaciones de octubre de 2025 (la aplicación extraterritorial se aplaza hasta noviembre de 2026). Entrada en vigor el 1 de mayo de 2026. Este decreto es la respuesta estructural de China al despliegue de herramientas comerciales estadounidenses en 2026 — en paralelo a §301 / §232 / IEEPA por el lado de represalia de la RPC.
El 18 de marzo de 2026, el USTR Jamieson Greer se reunió en Washington con el secretario de Economía de México, Marcelo Ebrard, para abrir formalmente las conversaciones bilaterales previas a la revisión del USMCA del 1 de julio. La agenda pública: incrementar la producción de EE. UU. y México, limitar insumos no de mercado en las cadenas norteamericanas e identificar brechas en cadenas críticas. Canadá no participó en esta vía bilateral — la reunión funciona como canal de posicionamiento EE. UU.–México, no como preparatorio trilateral.
El USTR abre el 11 de marzo de 2026 investigaciones §301 sobre 16 economías (China, UE, SG, CH, NO, ID, MY, KH, TH, KR, VN, TW, BD, MX, JP, IN) y 21 sectores industriales: acero, aluminio, autos, baterías, química, electrónica, semiconductores, buques, solar, robótica, etc. Plazo de comentarios 15 abril; audiencias 5 mayo 2026.
Con efecto desde el 1 de enero de 2026, el Catálogo de Licencias de Importación-Exportación 2026 actualizado de China incorporó los compuestos de samario, gadolinio y lutecio — más la plata — a la lista de licencias de exportación de tierras raras y materiales estratégicos. El mecanismo es licencia, no embargo — los compradores pueden seguir adquiriendo estos materiales, pero solo a través de proveedores con licencias válidas del MOFCOM. Administración conjunta de MOFCOM y MIIT. La ampliación da continuidad al marco de octubre de 2025 que introdujo jurisdicción extraterritorial y la «Regla del 50%» para productos con componentes controlados (la aplicación extraterritorial se aplaza hasta noviembre de 2026). Tierras raras controladas previamente: itrio, escandio, neodimio, indio, disprosio, galio y germanio.
El Senado mexicano aprueba el 10 dic 2025 la reforma a la Ley del Impuesto General de Importación y Exportación; vigente desde el 1 enero 2026. La cobertura arancelaria se amplía de las 155 partidas textiles de dic 2024 a 1.463 partidas en acero, aluminio, autos, calzado, electrodomésticos, plásticos, juguetes y vidrio. Topes: autos 50%, calzado 35%, acero/aluminio 25%.
Los aranceles textiles temporales (15-35% sobre 155 partidas de los capítulos 61, 62) introducidos por el decreto del 19 diciembre 2024 caducaron el 23 abril 2026 según lo previsto. La mayoría de las partidas quedan ahora bajo el paquete legislativo de diciembre 2025 (vigente 1 enero 2026) — aranceles siguen altos sobre otra base legal. La prohibición IMMEX de los capítulos 61, 62, 63 (y subpartidas 9404.40, 9404.90) es una enmienda permanente y NO caduca.
Primer decreto de Sheinbaum, publicado en la edición vespertina del DOF: 155 partidas textiles y de confección con aranceles del 15 al 35% (vigencia 20 dic 2024 al 23 abr 2026). Reforma IMMEX simultánea: capítulos HS 61/62/63 y subpartidas 9404.40/9404.90 prohibidos del IMMEX—302 fracciones movidas del Anexo II-C al Anexo I.
Desde el 31 de marzo de 2026, todo importador de bienes cubiertos por CBAM debe tener el estatus de Declarante CBAM Autorizado. Cada envío requiere datos verificados de emisiones a nivel de instalación. Envíos no conformes serán rechazados en frontera.