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Guía de Comercio Exterior

🇺🇸 United States 🇪🇺 EU (Germany)

HS 6109 · T-SHIRTS, SINGLETS, TANK TOPS ETC, KNIT OR CROCHETVolumen bilateral anual: $546M

Aranceles Estimados

8-12%

MFN + VAT de importación

Tiempo de Tránsito

10-14 days

De origen a destino

Cumplimiento

REACH + Etiquetas

Químicos + composición de fibra

Reembolso de Exportación

N/A

Sin VAT de exportación (no aplica)

Reglas Clave

United States 🇺🇸 EU (Germany) 🇪🇺

Certificaciones de Exportación de EE.UU.
Factura Comercial [USX]
Carta de Instrucciones del Embarcador (SLI) [USX]
Conocimiento de Embarque (B/L) o Guía Aérea (AWB) [USX]
Información de Exportación Electrónica (EEI) / Presentación AES [USX]
Certificado de Origen [USX]
Lista de Empaque [USX]
Declaración de Control de Destino (DCS) [USX]
💰

Estimated Cost Breakdown

per $100K shipment · United StatesEU (Germany)

DUTY CALCULATION — EU (GERMANY)

Base Duty

0%

MFN (ITA): Free

VAT 19% (Germany)

19%

on (CIF + duty)

Effective Total

~0%

duty only

Product cost (FOB)$100,000
Ocean freight (est.)$3,500
Marine insurance (0.4%)$400
VAT 19% (Germany) on $103,900$19,741
Customs broker~$150
Estimated total landed cost~$123,791

* Estimates based on $100K FOB shipment of electronics (HS 85). Actual costs vary by exact HS code, weight/volume, and current rates.

CERTIFICACIONES
Certificaciones de Exportación de EE.UU.
No se requiere certificación general de exportación. Sin embargo: artículos controlados por EAR: licencia de exportación de BIS (Oficina de Industria y Seguridad). Artículos de defensa controlados por ITAR: licencia de DDTC (Dirección de Controles de Comercio de Defensa). Materiales nucleares: licencia de NRC. Para la mayoría de bienes comerciales (electrónicos, maquinaria): NO se necesita certificación, solo la clasificación ECCN correcta.
§DOCUMENTOS REQUERIDOS
Factura Comercial [USX]
Requerida para todas las exportaciones. Debe incluir: datos del exportador y consignatario, descripción de las mercancías, cantidad, valor unitario, valor total (en USD), país de origen, Incoterms, designación ECCN o EAR99, número de Schedule B. Sin formato prescrito pero debe ser completa y precisa.
Carta de Instrucciones del Embarcador (SLI) [USX]
Autoriza al agente de carga a actuar en nombre del exportador para la presentación de EEI y el procesamiento de exportación. Contiene: información del exportador, consignatario, consignatario intermedio, agente de reenvío, detalles del transporte, ECCN, número de Schedule B, valor, información de licencia. No es un formulario gubernamental pero es estándar de la industria. Esencial cuando se usa un agente de carga.
Conocimiento de Embarque (B/L) o Guía Aérea (AWB) [USX]
Documento de transporte emitido por el transportista. Marítimo: Conocimiento de Embarque (negociable o no negociable). Aéreo: Guía Aérea (siempre no negociable). Debe incluir el ITN de la presentación AES. Sirve como recibo de mercancías, contrato de transporte y (para B/L negociable) documento de título.
Información de Exportación Electrónica (EEI) / Presentación AES [USX]
La declaración electrónica presentada a través de AESDirect o software compatible con AES. Contiene: información del USPPI (exportador), consignatario final, consignatario intermedio, número de Schedule B, ECCN, cantidad, valor, transportista de exportación, puerto de exportación, país de destino, información de licencia. Resulta en el ITN que debe acompañar al envío.
Certificado de Origen [USX]
Requerido por muchos países de destino para verificar que las mercancías son de origen estadounidense. Para acuerdos de libre comercio preferenciales (USMCA, KORUS FTA, etc.): se requiere formato específico de certificado. Certificados generales: emitidos por la Cámara de Comercio local. Algunos países requieren legalización consular (paso adicional).
Lista de Empaque [USX]
Lista detallada de las mercancías en cada paquete/contenedor. Incluye: descripción, cantidad, peso, dimensiones, marcas y números. Usada por la aduana en el destino, el transportista y la compañía de seguros.
Declaración de Control de Destino (DCS) [USX]
Requerida en la factura comercial y el B/L para artículos controlados bajo EAR o ITAR. Texto estándar: 'These commodities, technology, or software were exported from the United States in accordance with the Export Administration Regulations. Diversion contrary to U.S. law is prohibited.' Requerida según 15 CFR 758.6.
Licencia de Exportación (si aplica) [USX]
Licencia física o electrónica de BIS (artículos EAR) o DDTC (artículos ITAR). Debe referenciarse en la presentación de EEI. El número de licencia debe aparecer en la factura comercial. Licencias BIS: típicamente válidas por 4 años. Licencias DDTC: típicamente válidas por 4 años. Algunas transacciones califican para Excepciones de Licencia (sin licencia individual pero con condiciones).
PASOS DEL PROCESO
Registrarse en el Sistema ACE/AES [USX]
Los exportadores de EE.UU. deben registrarse en el sistema ACE (Entorno Comercial Automatizado) para presentar la Información de Exportación Electrónica (EEI). ACE es el sistema principal de CBP; AES (Sistema de Exportación Automatizado) es el componente de exportación dentro de ACE. Registrarse a través del portal ACE o mediante un agente aduanal/agente de carga autorizado. Sin cargo de registro. Requiere EIN (Número de Identificación del Empleador) o SSN para propietarios únicos.
Clasificar su Producto (ECCN / Schedule B) [USX]
Antes de exportar, determine si su producto está controlado. Dos sistemas de clasificación: (1) ECCN (Número de Clasificación de Control de Exportaciones) — determina si se necesita licencia de exportación bajo EAR. Consulte la Lista de Control de Comercio (CCL). La mayoría de los bienes comerciales son 'EAR99' (no se necesita licencia para la mayoría de los destinos). (2) Número de Schedule B — la clasificación estadística de 10 dígitos usada para la presentación de EEI. BIS proporciona un servicio gratuito de solicitud de clasificación ECCN (solicitud de clasificación de mercancías, SNAP-R). La autoclasificación está permitida y es la más común.
Verificar Partes y Restricciones [USX]
Antes de cualquier exportación, verificar todas las partes de la transacción contra la Lista de Verificación Consolidada (CSL): Lista de Entidades (BIS), Lista de Personas Denegadas (BIS), Lista No Verificada (BIS), Lista SDN (OFAC/Tesoro), Lista de Excluidos (DDTC/Estado). Herramienta de verificación gratuita en trade.gov. También verificar el país de destino por embargo/sanciones (OFAC). El incumplimiento puede resultar en multas civiles de hasta $364,992 por infracción o penalidades criminales de hasta $1,000,000 y 20 años de prisión.
Obtener Licencia de Exportación (si se requiere) [USX]
Si la combinación ECCN + destino + uso final/usuario requiere licencia, solicitar a través del sistema BIS SNAP-R. Tipos de licencia: Licencia Validada Individual (IVL), Excepción de Licencia (por ejemplo, TMP, LVS, TSR, GOV). Tiempo de procesamiento: típicamente 30-60 días. BIS debe responder dentro de 90 días por ley. Muchos electrónicos comerciales a países aliados califican para Excepción de Licencia (no se necesita licencia individual). Artículos ITAR: solicitar a través del formulario DDTC DSP-5 (sistema diferente).
Presentar Información de Exportación Electrónica (EEI) a través de AES [USX]
La presentación de EEI es OBLIGATORIA cuando: (1) el valor por número de Schedule B supera $2,500, O (2) se requiere licencia de exportación independientemente del valor, O (3) las mercancías van destinadas a ciertos países sancionados. Presentar a través del portal AESDirect (gratuito) o software compatible con AES. Plazo: artículos no ITAR — 2 horas antes de la exportación; artículos ITAR — 8 horas antes de la exportación. Presentación posterior a la partida: exportadores preaprobados pueden presentar dentro de los 5 días calendario después de la exportación. EXENCIÓN: Envíos a Canadá por menos de $2,500 están exentos de EEI. Al presentar, recibir el Número de Transacción Interno (ITN) — debe proporcionarse al transportista.
Organizar el Transporte y Proporcionar ITN al Transportista [USX]
Después de la presentación de EEI, proporcionar el ITN al transportista (línea naviera, aerolínea, agente de carga). El transportista debe incluir el ITN en el manifiesto/conocimiento de embarque. Para flete marítimo: las mercancías deben entregarse en el puerto para carga. Para flete aéreo: entregadas en la instalación de carga de la aerolínea. El agente de carga gestiona la logística física, la reserva de transportistas y el despacho aduanero de exportación.
Conservación de Registros Post-Exportación [USX]
Los exportadores deben conservar todos los registros de exportación durante 5 años desde la fecha de exportación. Los registros incluyen: datos de EEI, facturas comerciales, documentos de envío, licencias de exportación, correspondencia con BIS/DDTC, declaraciones de uso final, registros de verificación. BIS y la Oficina del Censo pueden realizar auditorías en cualquier momento. Multa por no mantener registros: hasta $12,000 por infracción.
PASOS DEL PROCESO
Registrarse en el Sistema ACE/AES [USX]
Los exportadores de EE.UU. deben registrarse en el sistema ACE (Entorno Comercial Automatizado) para presentar la Información de Exportación Electrónica (EEI). ACE es el sistema principal de CBP; AES (Sistema de Exportación Automatizado) es el componente de exportación dentro de ACE. Registrarse a través del portal ACE o mediante un agente aduanal/agente de carga autorizado. Sin cargo de registro. Requiere EIN (Número de Identificación del Empleador) o SSN para propietarios únicos.
Clasificar su Producto (ECCN / Schedule B) [USX]
Antes de exportar, determine si su producto está controlado. Dos sistemas de clasificación: (1) ECCN (Número de Clasificación de Control de Exportaciones) — determina si se necesita licencia de exportación bajo EAR. Consulte la Lista de Control de Comercio (CCL). La mayoría de los bienes comerciales son 'EAR99' (no se necesita licencia para la mayoría de los destinos). (2) Número de Schedule B — la clasificación estadística de 10 dígitos usada para la presentación de EEI. BIS proporciona un servicio gratuito de solicitud de clasificación ECCN (solicitud de clasificación de mercancías, SNAP-R). La autoclasificación está permitida y es la más común.
Verificar Partes y Restricciones [USX]
Antes de cualquier exportación, verificar todas las partes de la transacción contra la Lista de Verificación Consolidada (CSL): Lista de Entidades (BIS), Lista de Personas Denegadas (BIS), Lista No Verificada (BIS), Lista SDN (OFAC/Tesoro), Lista de Excluidos (DDTC/Estado). Herramienta de verificación gratuita en trade.gov. También verificar el país de destino por embargo/sanciones (OFAC). El incumplimiento puede resultar en multas civiles de hasta $364,992 por infracción o penalidades criminales de hasta $1,000,000 y 20 años de prisión.
Obtener Licencia de Exportación (si se requiere) [USX]
Si la combinación ECCN + destino + uso final/usuario requiere licencia, solicitar a través del sistema BIS SNAP-R. Tipos de licencia: Licencia Validada Individual (IVL), Excepción de Licencia (por ejemplo, TMP, LVS, TSR, GOV). Tiempo de procesamiento: típicamente 30-60 días. BIS debe responder dentro de 90 días por ley. Muchos electrónicos comerciales a países aliados califican para Excepción de Licencia (no se necesita licencia individual). Artículos ITAR: solicitar a través del formulario DDTC DSP-5 (sistema diferente).
Presentar Información de Exportación Electrónica (EEI) a través de AES [USX]
La presentación de EEI es OBLIGATORIA cuando: (1) el valor por número de Schedule B supera $2,500, O (2) se requiere licencia de exportación independientemente del valor, O (3) las mercancías van destinadas a ciertos países sancionados. Presentar a través del portal AESDirect (gratuito) o software compatible con AES. Plazo: artículos no ITAR — 2 horas antes de la exportación; artículos ITAR — 8 horas antes de la exportación. Presentación posterior a la partida: exportadores preaprobados pueden presentar dentro de los 5 días calendario después de la exportación. EXENCIÓN: Envíos a Canadá por menos de $2,500 están exentos de EEI. Al presentar, recibir el Número de Transacción Interno (ITN) — debe proporcionarse al transportista.
Organizar el Transporte y Proporcionar ITN al Transportista [USX]
Después de la presentación de EEI, proporcionar el ITN al transportista (línea naviera, aerolínea, agente de carga). El transportista debe incluir el ITN en el manifiesto/conocimiento de embarque. Para flete marítimo: las mercancías deben entregarse en el puerto para carga. Para flete aéreo: entregadas en la instalación de carga de la aerolínea. El agente de carga gestiona la logística física, la reserva de transportistas y el despacho aduanero de exportación.
Conservación de Registros Post-Exportación [USX]
Los exportadores deben conservar todos los registros de exportación durante 5 años desde la fecha de exportación. Los registros incluyen: datos de EEI, facturas comerciales, documentos de envío, licencias de exportación, correspondencia con BIS/DDTC, declaraciones de uso final, registros de verificación. BIS y la Oficina del Censo pueden realizar auditorías en cualquier momento. Multa por no mantener registros: hasta $12,000 por infracción.
ENVÍO Y PLAZOS
Cronograma de Envío desde la UE
UE → China: Marítimo 25-35 días, $2,500-4,500/FEU. UE → EE.UU.: Marítimo 10-14 días, $2,000-3,500/FEU. UE → Japón: Marítimo 25-35 días, $2,500-4,000/FEU.
Cronograma de Envío a la UE
Desde China: Marítimo (Shanghái→Rotterdam) 25-35 días vía Suez, $2,500-4,500/FEU. Aéreo 2-3 días, $4-7/kg. Desde EE.UU.: Marítimo (NY→Rotterdam) 10-14 días, $2,000-3,500/FEU. Aéreo 1-2 días, $3-6/kg. Desde Japón: Marítimo (Tokio→Hamburgo) 25-35 días vía Suez, $2,500-4,000/FEU. Desde Corea del Sur: Marítimo 25-32 días, $2,200-3,800/FEU. Despacho aduanero: 1-3 días típico.
Cronograma de Envío desde EE.UU.
EE.UU. → China: Marítimo (LA→Shanghái) 15-20 días, $2,500-4,000/FEU. Aéreo 3-5 días, $5-8/kg. EE.UU. → Japón: Marítimo (LA→Tokio) 10-14 días, $2,000-4,000/FEU. Aéreo 2-3 días, $5-8/kg. EE.UU. → UE: Marítimo (NY→Rotterdam) 10-14 días, $2,000-3,500/FEU. Aéreo 1-2 días, $4-7/kg. EE.UU. → Corea del Sur: Marítimo 12-16 días, $2,000-3,500/FEU. Presentación EEI: debe hacerse antes de la exportación. Procesamiento AES: casi instantáneo.
§DOCUMENTOS REQUERIDOS
Documento Administrativo Único (SAD)
Formulario estándar de declaración aduanera de la UE. Presentado electrónicamente. Contiene: datos del importador, descripción de las mercancías, código HS/CN, origen, valor aduanero, cálculo de derechos.
Factura Comercial
Debe incluir: vendedor/comprador, descripción, cantidad, valor, Incoterms, país de origen.
Lista de Empaque
Contenido detallado por paquete: pesos, dimensiones, marcas.
Conocimiento de Embarque / Guía Aérea
Documento de transporte para la liberación de la carga.
Certificado de Origen / EUR.1
Requerido para tasas arancelarias preferenciales bajo TLC/EPA. Certificado de circulación EUR.1 o autodeclaración de origen. Para el EPA UE-Japón: declaración de origen en factura por exportador aprobado.
Declaración CE de Conformidad
Declaración del fabricante/importador de que el producto cumple con las directivas europeas aplicables. Debe acompañar al producto y estar disponible para las autoridades aduaneras a solicitud.
PASOS DEL PROCESO
Seguridad y Protección Previa a la Llegada (ICS2)
Desde marzo de 2024, todas las mercancías que ingresan a la UE deben tener una Declaración Sumaria de Entrada (ENS) presentada a través del sistema ICS2 antes de la llegada. Carga aérea: antes de la carga. Carga marítima: 24 horas antes de la carga en el puerto de partida.
Declaración Aduanera (SAD/Electrónica)
Declaración de importación presentada electrónicamente a través del sistema nacional de aduanas (por ejemplo, ATLAS en Alemania, DELTA en Francia). Documento Administrativo Único (SAD) o equivalente electrónico. La UE avanza hacia una aduana completamente electrónica para 2028.
Examen Aduanero y Liberación
Inspección basada en riesgos. Canal verde (liberación inmediata), Naranja (revisión de documentos), Rojo (inspección física). Los importadores certificados AEO (Operador Económico Autorizado) reciben procesamiento expedito. Despacho típico: 1-3 días hábiles.
Pagar Derecho Aduanero + IVA
Pagar el derecho aduanero (tasa TARIC) + IVA de importación. El IVA pagado en la importación puede recuperarse como crédito de entrada por empresas registradas para el IVA. Alemania: 19% IVA. Francia: 20%. Países Bajos: 21%. Italia: 22%. Varía según el estado miembro.
¤ARANCELES E IMPUESTOS
Arancel TARIC de la UE — Electrónicos (HS 85)
La mayoría de los electrónicos: 0% bajo el ITA de la OMC. La UE es signataria del ITA. HS 8517, 8471, 8528 = Libre. Los electrónicos no ITA pueden tener tasas MFN del 2-14%. Consultar la base de datos TARIC para tasas exactas. EPA UE-Japón: eliminación arancelaria adicional para mercancías japonesas (la mayoría de electrónicos ya son Libres). TLC UE-Corea del Sur: eliminación arancelaria para mercancías coreanas. Sin TLC UE-China: las mercancías chinas pagan tasas MFN (pero la mayoría de electrónicos = Libres bajo ITA). Sin TLC UE-EE.UU.: las mercancías de EE.UU. pagan tasas MFN.
IVA de Importación de la UE
IVA de importación aplicado sobre (valor aduanero + derecho + transporte hasta la frontera de la UE). La tasa varía según el estado miembro: Alemania 19%, Francia 20%, Países Bajos 21%, España 21%, Italia 22%, Suecia 25%. Las empresas registradas para el IVA pueden recuperar el IVA de importación como crédito de entrada. El mecanismo de inversión del sujeto pasivo está disponible en algunos países para importaciones B2B.
CBAM (Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono)
Fase transitoria del CBAM de la UE desde octubre de 2023. Implementación completa desde enero de 2026. Se aplica a: hierro/acero, aluminio, cemento, fertilizantes, electricidad, hidrógeno. Los importadores deben comprar certificados CBAM que reflejen el precio del carbono. Los electrónicos (HS 85) NO están actualmente cubiertos por CBAM. Puede ampliarse en el futuro.
EPA UE-Japón (Acuerdo de Asociación Económica)
Vigente desde febrero de 2019. El mayor acuerdo comercial bilateral de la UE. Japón eliminó aranceles en ~97% de las exportaciones de la UE. La UE eliminó aranceles en ~99% de las importaciones japonesas. Electrónicos: ya Libres bajo ITA. Beneficios clave: alimentos/agricultura (queso, vino, cerdo de la UE), autopartes, productos químicos. Prueba de origen: autodeclaración por exportadores aprobados/registrados.
CERTIFICACIONES
Marcado CE (Conformité Européenne)
OBLIGATORIO para productos vendidos en la UE/EEE. No es una marca de calidad — es una declaración legal de que el producto cumple con las directivas europeas aplicables. Para electrónicos: LVD (Directiva de Baja Tensión 2014/35/UE), Directiva EMC 2014/30/UE, RED (Directiva de Equipos de Radio 2014/53/UE para dispositivos inalámbricos), Directiva RoHS 2011/65/UE. El fabricante/importador es responsable. Algunos productos requieren la intervención de un Organismo Notificado. Plazo: 4-12 semanas. Costo: $5,000-30,000 según la complejidad del producto.
RED (Directiva de Equipos de Radio 2014/53/UE)
Obligatoria para TODOS los equipos de radio (Wi-Fi, Bluetooth, celular, NFC, etc.) vendidos en la UE. Cubre: seguridad, EMC y uso eficiente del espectro radioeléctrico. La mayoría de los productos pueden usar autodeclaración con normas armonizadas, pero algunos requieren Organismo Notificado. El equipo debe registrarse en la base de datos REDCA antes de su comercialización en el mercado de la UE.
Cumplimiento REACH y RoHS
REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas): se aplica a todos los productos que contienen químicos. Los importadores deben asegurarse de que las sustancias estén registradas. Las SVHC (Sustancias Extremadamente Preocupantes) superiores al 0.1% deben declararse. RoHS: restringe sustancias peligrosas en electrónicos (plomo, mercurio, cadmio, etc.). El RoHS de la UE se alinea con pero difiere del RoHS de China.
WEEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos)
Los importadores/productores deben registrarse ante la autoridad WEEE nacional en cada estado miembro de la UE donde vendan. Financiar la recolección y reciclaje de residuos electrónicos. El registro es requerido ANTES de comercializar los productos.

Restricciones del Lado Exportador

Controles impuestos por United States

Controles de Exportación EAR — Lista de Control de Comercio (CCL) [USX]
Los Reglamentos de Administración de Exportaciones (EAR) rigen la exportación de artículos comerciales y de doble uso. La CCL tiene 10 categorías: 0-Nuclear, 1-Materiales, 2-Procesamiento de Materiales, 3-Electrónica, 4-Computadoras, 5-Telecom/InfoSeg, 6-Sensores/Láseres, 7-Navegación, 8-Marina, 9-Aeroespacial. Cada categoría tiene 5 grupos de productos: A-Equipos, B-Prueba/Producción, C-Materiales, D-Software, E-Tecnología. Los artículos que NO están en la CCL se designan EAR99 — generalmente exportables sin licencia a la mayoría de los destinos. Los requisitos de licencia se determinan por ECCN + país de destino + uso final + usuario final. El Cuadro de Países (Suplemento No. 1 a la Parte 738) mapea los ECCN a los requisitos específicos por país.
EAR — Clasificación ECCN y Reglas De Minimis [USX]
El ECCN es un código de 5 caracteres (por ejemplo, 3A001 = ciertos circuitos integrados, 5A002 = equipos de cifrado). La autoclasificación está permitida; los exportadores también pueden solicitar clasificación a BIS (CCATS, gratuito, respuesta en 30 días). REGLA DE MINIMIS para reexportaciones: Los artículos fabricados en el extranjero que incorporan contenido controlado de origen estadounidense están sujetos a EAR si el contenido de EE.UU. supera el 25% del valor total (10% para destinos embargados como Cuba, Irán, Corea del Norte, Siria). Esto desencadena requisitos de licencia para reexportaciones. REGLA DE PRODUCTO DIRECTO EXTRANJERO (FDPR): Ampliada en 2022 para cubrir artículos producidos usando tecnología/software de EE.UU. para partes de la Lista de Entidades — se aplica globalmente, afecta a fábricas de semiconductores no estadounidenses.
EAR — Restricciones de la Lista de Entidades (Abril 2026) [USX]
La Lista de Entidades (Suplemento No. 4 a la Parte 744) incluye ~3,163 entidades a fines de 2025. La mayoría son entidades chinas en telecomunicaciones, IA, biotecnología, computación cuántica y semiconductores. La exportación/reexportación/transferencia a entidades listadas requiere licencia de BIS con presunción de denegación para la mayoría. Entidades chinas notables: Huawei, SMIC, YMTC, Sophgo, numerosas empresas de IA/chips. 'Regla del 50% de Propiedad' de BIS (oct. 2025): extiende restricciones a entidades con 50%+ de propiedad por partes listadas. Regla de Afiliados: suspendida por 1 año (nov. 2025) bajo el Acuerdo de Busan, reimplantada el 10 de noviembre de 2026.
ITAR — Reglamentos Internacionales de Tráfico de Armas [USX]
ITAR regula artículos de defensa, servicios de defensa y datos técnicos relacionados en la Lista de Municiones de EE.UU. (USML). Administrado por DDTC (Dirección de Controles de Comercio de Defensa) bajo el Departamento de Estado. La USML tiene 21 categorías (I-Armas de fuego, II-Cañones, III-Municiones, IV-Vehículos de lanzamiento, V-Explosivos, etc.). DISTINCIÓN CLAVE: ITAR cubre artículos 'específicamente diseñados o modificados' para uso militar. Los electrónicos comerciales generalmente NO están controlados por ITAR a menos que estén específicamente diseñados para defensa. Una fuente de poder comercial es EAR99; una fuente de poder 'específicamente diseñada' para un avión de combate es ITAR. Los artículos ITAR requieren licencia del Departamento de Estado (DSP-5) para CUALQUIER exportación, independientemente del destino. Multas: civiles hasta $1,213,423/infracción; criminales hasta $1,000,000 y 20 años.
Exportación de EE.UU. a China — Controles de Chips de Semiconductores/IA (Abril 2026) [USX]
Las exportaciones de chips de computación avanzada a China están fuertemente restringidas bajo EAR. CRONOGRAMA: Oct. 2022 — controles iniciales sobre chips avanzados y equipos de semiconductores. Oct. 2023 — ampliado para cerrar lagunas, umbrales ajustados. Dic. 2024 — nuevos controles sobre HBM, equipos avanzados y más de 140 nuevas adiciones a la Lista de Entidades. Ene. 2026 — política de revisión de licencias revisada: chips por debajo de 21,000 TPP y 6,500 GB/s de ancho de banda DRAM (aproximadamente clase H200/MI325X) evaluados caso a caso en lugar de presunción de denegación. Chips por encima de estos umbrales: aún presunción de denegación. Todos los equipos avanzados de fabricación de semiconductores: licencia requerida, presunción de denegación. 16 nuevas entidades añadidas a la Lista de Entidades en enero 2026 (incluida Sophgo). Arancel del 25% sobre chips de IA cubiertos NO destinados a la cadena de suministro de EE.UU. (proclamación de enero 2026).
Exportación de EE.UU. a China — Controles de Transferencia de Tecnología [USX]
Más allá de los bienes físicos, EE.UU. controla las 'exportaciones consideradas' — la divulgación de tecnología controlada/código fuente a nacionales extranjeros en EE.UU. se trata como una exportación a su país de origen. Para nacionales chinos que trabajan en empresas de EE.UU.: el acceso a tecnología controlada por ECCN puede requerir una licencia de exportación considerada de BIS. Esto se aplica especialmente a las Categorías 3-5 (electrónica, computadoras, telecomunicaciones). Computación en la nube: la 'Regla IaaS' de BIS (a partir de enero de 2024) requiere que los proveedores de nube implementen KYC para usuarios extranjeros que entrenan grandes modelos de IA. Ampliada en 2025 para cubrir más umbrales de cómputo. Los datos técnicos compartidos con subsidiarias/socios chinos también requieren revisión de cumplimiento EAR.
Exportación de EE.UU. a China — Resumen de Restricciones EAR [USX]
China (incluidos Hong Kong y Macao para muchos propósitos) enfrenta las restricciones de exportación de EE.UU. más integrales: (1) Lista de Entidades: más de ~2,000 entidades chinas. (2) Lista de Usuarios Finales Militares (MEU): licencia requerida para artículos en el Suplemento 2 a la Parte 744. (3) Computación avanzada: umbrales TPP/ancho de banda. (4) Equipos de semiconductores: todas las herramientas avanzadas. (5) Computación cuántica: todas las exportaciones controladas. (6) Tecnología de supercomputadoras. (7) Ciertos equipos de biotecnología. (8) Tecnología de vigilancia (limitada). Sin embargo: la mayoría de los electrónicos comerciales estándar (smartphones de consumo, laptops, redes básicas) son EAR99 y pueden exportarse a China sin licencia, siempre que no esté involucrada ninguna entidad listada/uso final listado.
Exportación de EE.UU. a Japón — Restricciones Mínimas [USX]
Japón es un aliado cercano de EE.UU. y miembro de todos los principales regímenes multilaterales de control de exportaciones (Arreglo de Wassenaar, MTCR, Grupo de Australia, NSG). Japón está en el Grupo de Países A:1 (tratamiento más favorable bajo EAR). RESULTADO: La mayoría de los artículos de la CCL pueden exportarse a Japón bajo Excepciones de Licencia, particularmente STA (Autorización de Comercio Estratégico) que cubre la gran mayoría de artículos controlados. Artículos EAR99: sin restricciones. La mayoría de los artículos ECCN: Excepción de Licencia disponible. Aún requiere verificación contra la Lista de Verificación Consolidada (raro para entidades japonesas). La presentación de EEI aún es requerida para envíos superiores a $2,500. Los propios controles de exportación de Japón sobre semiconductores (2023+) se alinean con los controles de EE.UU. sobre China, haciendo de Japón un socio de confianza en el ecosistema de control de exportaciones de EE.UU.
Exportación de EE.UU. a Corea del Sur — Restricciones Mínimas [KRE]
Corea del Sur es un aliado cercano de EE.UU. y miembro de los 4 regímenes multilaterales de control de exportaciones. Corea del Sur está en el Grupo de Países A:1 de EE.UU. (tratamiento más favorable bajo EAR). La mayoría de los artículos de la CCL pueden exportarse a Corea del Sur bajo Excepciones de Licencia, particularmente STA (Autorización de Comercio Estratégico). Artículos EAR99: sin restricciones. Aún se requiere verificación de la Lista de Verificación Consolidada (raro para entidades coreanas). El Acuerdo Estratégico de Comercio e Inversión EE.UU.-Corea del Sur (nov. de 2025) fortalece aún más la alianza e incluye compromisos de cooperación en la cadena de suministro de semiconductores.

Avisos Recientes

Retiros de productos en el mercado de destino

2026-04-09BISSELL Recalls Over One Million Steam Shot OmniReach Steam Cleaners Due to Risk of Serious Burn Hazard from Attachments
2026-04-09Easymake Adult Portable Bed Rails Recalled Due to Risk of Serious Injury or Death from Entrapment and Asphyxiation; Violates Mandatory Standard for Adult Portable Bed Rails; Imported by ZFZG-US
2026-04-09Halloween Pumpkin Carving Kits Recalled Due to Risk of Serious Injury or Death from Battery Ingestion; Violates Mandatory Standard for Consumer Products with Button Cell Batteries; Sold on Amazon by Besslly Store
2026-04-09LED Lights Recalled Due to Risk of Serious Injury or Death from Battery Ingestion; Violates Mandatory Standard for Consumer Products with Coin Batteries; Sold on Amazon by Happiness Light
2026-04-09Magnetic Drinkware Charms Recalled Due to Risk of Serious Injury or Death from Magnet Ingestion; Violate Mandatory Standard for Magnets; Sold on Amazon by Maitys

Análisis relacionado

El decreto arancelario mexicano de 1,463 líneas no era política industrial — era un seguro frente al USTR

30 de diciembre de 2024: 1,463 categorías chinas con aranceles del 5 al 50%. La narrativa era protección industrial; la mecánica era cumplimiento preventivo con el USTR dejando intactas las salvedades IMMEX.

2026-04-20 · Leer →
Aviso legal: Las cifras son estimaciones de mejor esfuerzo basadas en regulaciones públicas de abril de 2026 (§122, §232, §301, CBAM, RCEP, etc.). Verifique con la autoridad aduanera competente antes de tomar decisiones comerciales.Reportar problema de datos ↗